3) Jaime Gonzáles Pórcel, por su parte fundamenta su recurso en el siguiente sentido
3) Jaime Gonzáles Pórcel, por su parte fundamenta su recurso en el siguiente sentido:
a) Denuncia que corresponde su nulidad del Auto de Vista recurrido, al haber quebrantado las formas procesales, puesto que Walter Arízaga Cervantes inició la acción penal contra el Dr. Jaime Robles Miranda y contra su persona en su condición de Rector de la Universidad San Francisco Xavier de Chuquisaca empero, que por Sentencia del Tribunal Constitucional Nº 1173/00-R reconoció como Rector titular al Dr. Robles, por lo que se admitió una representación ilegítima. Consecuentemente los jueces inferiores incumpliendo los alcances en la Sentencia Constitucional referida incurren en defectos al validar las fotocopias simples indebidamente legalizadas por funcionarios cuyas designaciones fueron anuladas
- CONSIDERANDO: que habiéndose pronunciado sentencia de primer grado por el Juez de Partido Tercero en
- Habiendo de esa resolución recurrido todos los actores en apelación, por Auto de Vista de
- 2.- Jaime Robles Miranda, interpone recurso de nulidad y casación en los siguientes términos
- b) que la documental adjunta como prueba por la parte querellante fue legalizada por Dionisio
- c) Respecto a la prueba pericial, el recurrente manifiesta respecto del informe pericial que fue
- d) Acusa de que el Auto de Vista inobserva los artículos 163 del Código de
- e) Que la resolución que autoriza el viaje de la delegación está firmada el día
- f) Respecto a la resolución que aprobó la nueva escala salarial que lleva al final
- g) Que los trámites que se siguieron como actos preparatorios para la aprobación de la
- h) Respecto de la Resolución de Consejo Universitario Nº 49/99 que fue observada por el
- j) Que fue ilegalmente procesado por haber sido sobreseído por el Juez Sumariante del delito
- k) Que el Auto de Vista inobserva la Ley 2175 porque basa su resolución en
- l) El recurrente también acusa de inobservancia de los artículos 85 y 242 del Código
- ll) Respecto al delito de "uso indebido de influencias" acusa de que el Auto de
- m) De la misma manera acusa el recurrente de que el Auto de Vista inobserva
- n) En relación al delito de "peculado" el recurrente fundamenta en sentido de que este
- Por lo que solicita que al no haber sido oído y juzgado en proceso ilegal
- 3) Jaime Gonzáles Pórcel, por su parte fundamenta su recurso en el siguiente sentido
- b) Que el informe pericial que cursa a fojas 3866 consigna la firma de cuatro
- c) Que el Auto de Vista impugnado no ha hecho una correcta apreciación e interpretación
- e) Finalmente manifiesta de que el Auto de Vista pretende condenarle a la injusta pena
- En relación a la conducta de Jaime Robles Miranda en relación a los tipos penales
- c) Delito de uso indebido de influencias
- d) Delito de "conducta antieconómica"
- Siguiendo el mecanismo perfeccionado por Roxin del juicio de "imputación objetiva" tenemos como elementos objetivos
- De la prolija revisión del cuaderno procesal se tiene que en relación a los puntos
- El Ministerio Público al haber centrado su recurso de casación en el incremento de la
- POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, en ejercicio de
- Sucre, veintisiete de enero de dos mil siete
- Proveído.- Abog. Ximena L. Mendizábal Hurtado -Secretaria de Cámara
