De la prolija revisión del cuaderno procesal se tiene que en relación a los puntos
Respecto a las causales de nulidad fundamentadas por el imputado no son tales porque las mismas fueron convalidadas por las partes de acuerdo al desarrollo del proceso.
II.- Recurso de casación y nulidad interpuesto por Jaime Gonzales Porcel.-
De la prolija revisión del cuaderno procesal se tiene que en relación a los puntos esenciales del recurso de nulidad y casación deducido por Jaime Gonzáles Porcel, los siguientes:
1.- Que respecto a la solicitud de nulidad del proceso con el fundamento de que Walter Arízaga en su condición de Rector interpuso querella criminal contra su persona y que posteriormente su designación fue declarada ilegal por el Tribunal Constitucional, se tiene que dicha alegación, no constituye fundamento suficiente para avenirse a la misma puesto que la titularidad de la acusación con respecto a los delitos imputados rece en el Ministerio Público, quien interpuso la acción penal correspondiente, máxime si se considera que la legitimidad del Rector Arízaga en representación de la Universidad San Francisco Xavier fue subsanada posteriormente, de donde no son atendibles las alegaciones referidas a la nulidad solicitada
- CONSIDERANDO: que habiéndose pronunciado sentencia de primer grado por el Juez de Partido Tercero en
- Habiendo de esa resolución recurrido todos los actores en apelación, por Auto de Vista de
- 2.- Jaime Robles Miranda, interpone recurso de nulidad y casación en los siguientes términos
- b) que la documental adjunta como prueba por la parte querellante fue legalizada por Dionisio
- c) Respecto a la prueba pericial, el recurrente manifiesta respecto del informe pericial que fue
- d) Acusa de que el Auto de Vista inobserva los artículos 163 del Código de
- e) Que la resolución que autoriza el viaje de la delegación está firmada el día
- f) Respecto a la resolución que aprobó la nueva escala salarial que lleva al final
- g) Que los trámites que se siguieron como actos preparatorios para la aprobación de la
- h) Respecto de la Resolución de Consejo Universitario Nº 49/99 que fue observada por el
- j) Que fue ilegalmente procesado por haber sido sobreseído por el Juez Sumariante del delito
- k) Que el Auto de Vista inobserva la Ley 2175 porque basa su resolución en
- l) El recurrente también acusa de inobservancia de los artículos 85 y 242 del Código
- ll) Respecto al delito de "uso indebido de influencias" acusa de que el Auto de
- m) De la misma manera acusa el recurrente de que el Auto de Vista inobserva
- n) En relación al delito de "peculado" el recurrente fundamenta en sentido de que este
- Por lo que solicita que al no haber sido oído y juzgado en proceso ilegal
- 3) Jaime Gonzáles Pórcel, por su parte fundamenta su recurso en el siguiente sentido
- b) Que el informe pericial que cursa a fojas 3866 consigna la firma de cuatro
- c) Que el Auto de Vista impugnado no ha hecho una correcta apreciación e interpretación
- e) Finalmente manifiesta de que el Auto de Vista pretende condenarle a la injusta pena
- En relación a la conducta de Jaime Robles Miranda en relación a los tipos penales
- c) Delito de uso indebido de influencias
- d) Delito de "conducta antieconómica"
- Siguiendo el mecanismo perfeccionado por Roxin del juicio de "imputación objetiva" tenemos como elementos objetivos
- De la prolija revisión del cuaderno procesal se tiene que en relación a los puntos
- El Ministerio Público al haber centrado su recurso de casación en el incremento de la
- POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, en ejercicio de
- Sucre, veintisiete de enero de dos mil siete
- Proveído.- Abog. Ximena L. Mendizábal Hurtado -Secretaria de Cámara
