Auto Supremo AS/0784/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0784/2007

Fecha: 16-Oct-2007

En grado de apelación, por Auto de Vista Nº 397, cursante a Fs


En grado de apelación, por Auto de Vista Nº 397, cursante a Fs. 311 - 313, fue confirmada la nulidad de obrados hasta la admisión de la demanda inclusive, dispuesta por el Juez único en Materia Administrativa, Coactiva Fiscal y Tributaria, de Fs. 291-293, de fecha 12 de febrero de 2004, por reconocer la falta de competencia en la materia por el nombrado juzgador, en apoyo a las vinculantes Sentencias Constitucionales, que dan lugar a la declinatoria de competencia; dejando sin efecto la parte resolutiva que dispone que la Administración Aduanera inicie procedimiento que establece el Art. 210, de la Ley General de Aduanas, porque no puede disponer procedimientos ajenos a su declarada incompetencia