Así establece y reconoce la C
Es decir únicamente pueden aplicarse las normas expresas sobre cada materia, pudiendo aplicarse única y supletoriamente los principios generales del Derecho Tributario y en su defecto los de otras ramas jurídicas que correspondan a la naturaleza y fines del caso particular (art. 7º Cód. Trib.), por ello es que sólo se reconocen como fuentes de este Derecho, a las Normas Constitucionales, las Convenciones Internacionales, las Leyes, Decretos Supremos, Reglamentos, Resoluciones y disposiciones de carácter general dictadas por el Poder Ejecutivo u otros órganos administrativos, nacionales y locales facultados al efecto.
Así establece y reconoce la C.P.E. en sus arts. 26 y 27, concordante con los arts. 2º y siguientes del Cód. Trib., Ley Nº 1340
- PARTES: Empresa Servitex-Villena S.R.L. c/ Servicio de Impuestos Nacionales Grandes Contribuyentes La Paz
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso contencioso tributario, la Jueza Segundo Administrativo, Coactivo Fiscal y
- En grado de apelación, formulada por el representante de la entidad demandada mediante memorial de
- Que el Tribunal ad quem, no consideró los antecedentes administrativos que dieron lugar a la
- Se violaron los arts
- Concluyó solicitando se case el auto de vista y se declare improbada la demanda y
- CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso, revisando minuciosamente el expediente y analizando los fundamentos
- En materia Tributaria la analogía es un procedimiento admisible para colmar los vacíos legales, pero
- Así establece y reconoce la C
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- Por ello, al no existir una Resolución Determinativa, dentro del plazo previsto como máximo para
- b) Como se tiene señalado, no es posible aplicar analógicamente otras normas dentro del mismo
- Similar situación ocurre con la pretendida aplicación del art
- 3
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
