Auto Supremo AS/0183/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0183/2007

Fecha: 11-Abr-2007

Acusa que, el auto de vista viola el artículo 327 del Código de Procedimiento Civil,


Sostiene que, habiéndose demandado la nulidad de las escrituras públicas Nº 929, Nº 931, 977 y Nº 205 por contener actos viciados con nulidad, unos por la existencia de la declaración de herederos que los preceden y los otros al ser suscritas por herederos presuntos de sus causantes por incumplimiento del artículo 642 e inobservancia del numeral 1) del artículo 549 del Código Civil al faltar la forma prevista por ley, sin embargo los tribunales de instancia han incurrido en error al confundir situaciones e instituciones del derecho sucesorio, considerando el proceso como si se tratara de una cuestión relativa únicamente a la declaratoria de herederos y no así a los fundamentos de la demanda que ha tenido como objeto la nulidad de escrituras públicas.

Acusa que, el auto de vista viola el artículo 327 del Código de Procedimiento Civil, al haber considerado que no se habría demostrado el agotamiento de la vía procesal voluntaria de la declaratoria de herederos previsto en el artículo 642 del Código de Procedimiento Civil, cuando no fue este medio procesal lo demandado, sino la nulidad de escrituras por "provenir de actos ilícitos que no pueden acarrear consecuencias jurídicas válidas" (sic)