Auto Supremo AS/0394/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0394/2008

Fecha: 31-Oct-2008

2


2.- Tampoco es cierto lo afirmado por la recurrente cuando señala que el tribunal de apelación incumplió el art. 16 de la Ley de Procedimiento Coactivo Fiscal, porque de los documentos adjuntos tanto al expediente como al anexo, los originales demuestran el trabajo efectivo realizado por la coactivada, lo que conlleva a afirmar que la juez a quo compulsó correctamente las pruebas de descargo aportadas, valorándolas todas en conjunto, no siendo necesario "hablar de formación libre del convencimiento", porque son documentos originales y además las legalizadas están suscritas y selladas por la autoridad competente del Gobierno Municipal de La Paz