Auto Supremo AS/0394/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0394/2008

Fecha: 31-Oct-2008

Consecuentemente al no identificarse por separado los errores "in judicando" en que hubieren incurrido los


Consecuentemente al no identificarse por separado los errores "in judicando" en que hubieren incurrido los de grado, este supremo tribunal no advierte vulneración alguna a dicho artículo y a los otros citados en el caso de autos, concluyéndose que los de grado han aplicado correctamente las normas y no se observan vulneraciones o transgresiones que merezcan ser enmendadas por este tribunal, correspondiendo en definitiva resolver conforme determinan los arts. 271 inc. 2) y 273 del Código de Procedimiento Civil, por la expresa permisión contenida en el art. 1º de la Ley de Procedimiento Coactivo Fiscal