Consecuentemente al no identificarse por separado los errores "in judicando" en que hubieren incurrido los
Consecuentemente al no identificarse por separado los errores "in judicando" en que hubieren incurrido los de grado, este supremo tribunal no advierte vulneración alguna a dicho artículo y a los otros citados en el caso de autos, concluyéndose que los de grado han aplicado correctamente las normas y no se observan vulneraciones o transgresiones que merezcan ser enmendadas por este tribunal, correspondiendo en definitiva resolver conforme determinan los arts. 271 inc. 2) y 273 del Código de Procedimiento Civil, por la expresa permisión contenida en el art. 1º de la Ley de Procedimiento Coactivo Fiscal
- PARTES: Gobierno Municipal de La Paz c/ Rossana Fernández Bleichner y otro
- MINISTRO RELATOR: Hugo R. Suárez Calbimonte
- CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso coactivo fiscal, en base a los Informes de Auditoría
- La referida determinación, motivó el recurso de casación en el fondo de fs
- También señaló que el tribunal de alzada incumplió con el art
- La recurrente reitera que la sentencia no se encuentra conforme a lo prescrito en el
- Manifestó que el tribunal de apelación no ha considerado el art
- Finalmente, pide se case el auto de vista recurrido y deliberando en el fondo, declare
- CONSIDERANDO II: Que así planteado el recurso, pese a que éste no cumple a cabalidad
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- Consecuentemente al no identificarse por separado los errores "in judicando" en que hubieren incurrido los
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- RELATOR: Ministro Hugo R. Suárez Calbimonte
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Min. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Min. Julio Ortiz Linares
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
