Auto Supremo AS/0394/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0394/2008

Fecha: 31-Oct-2008

CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso coactivo fiscal, en base a los Informes de Auditoría


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VISTOS: El recurso de casación en el fondo presentado a fs. 767-771, interpuesto por Luz Miriam Arispe Nogales, en representación legal del Gobierno Municipal de La Paz, contra el Auto de Vista Nº 271/06 de 9 de diciembre de 2006, cursante a fs. 765 y vta., pronunciado por la Sala Social y Administrativa Tercera del Distrito Judicial de La Paz, dentro del proceso coactivo fiscal seguido por el Gobierno Municipal de La Paz, contra Rossana Fernández Bleichner y Guillermo Armando Monje Lairana, los antecedentes del proceso y

CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso coactivo fiscal, en base a los Informes de Auditoría Nº L215N0011 10046 G21 y GL/EP22/L96 C2 complementario, aprobado por el Contralor General de la República, que emitió el Dictamen de Responsabilidad Civil Nº CGR-1/D-063/2000 de 22 de diciembre de 2000 (fs. 1-74), el Juez de Partido Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario del Distrito Judicial de La Paz, dictó la Sentencia Nº 035/2005 de 27 de octubre de 2005 (fs. 720-733) que declaró improbada la demanda coactiva-fiscal, interpuesta a fs. 84 y vta., por el Gobierno Municipal de La Paz, representado legalmente por Luz Miriam Arispe Nogales, contra Rossana Fernández Bleichner y Guillermo Armando Monje Lairana por hechos tipificados en los incs. e) y h) del art. 77 de la Ley del Sistema de Control Fiscal y dispuso: 1º.- Dejar sin efecto la Resolución Nº 08/2002 de fs. 667-668 y Nota de Cargo Nº 08/2002 de fs. 669, girada en contra los coactivados: Rossana Fernández Bleichner y Guillermo Armando Monje Lairana y 2º.- Levantar las medidas precautorias adoptadas contra los coactivados, en ejecución de sentencia se enviaran los oficios correspondientes a las respectivas instituciones