POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la atribución conferida en el Art. 60 numeral 1 de la Ley de Organización Judicial, arts. 271 inc. 2) y 273 del Código de Procedimiento Civil, declara INFUNDADO el recurso de casación de fs. 767-771, de obrados, sin costas, en cumplimiento de lo previsto por el art. 39 de la Ley Nº 1178 de 20 de julio de 1990
- PARTES: Gobierno Municipal de La Paz c/ Rossana Fernández Bleichner y otro
- MINISTRO RELATOR: Hugo R. Suárez Calbimonte
- CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso coactivo fiscal, en base a los Informes de Auditoría
- La referida determinación, motivó el recurso de casación en el fondo de fs
- También señaló que el tribunal de alzada incumplió con el art
- La recurrente reitera que la sentencia no se encuentra conforme a lo prescrito en el
- Manifestó que el tribunal de apelación no ha considerado el art
- Finalmente, pide se case el auto de vista recurrido y deliberando en el fondo, declare
- CONSIDERANDO II: Que así planteado el recurso, pese a que éste no cumple a cabalidad
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- Consecuentemente al no identificarse por separado los errores "in judicando" en que hubieren incurrido los
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- RELATOR: Ministro Hugo R. Suárez Calbimonte
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Min. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Min. Julio Ortiz Linares
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
