Auto Supremo AS/0297/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0297/2008

Fecha: 08-Dic-2008

Que, habiéndose establecido que los demandados incumplieron con las obligaciones emergentes de la resolución del


Que, habiéndose establecido que los demandados incumplieron con las obligaciones emergentes de la resolución del contrato, quedan reatados al resarcimiento del daño, tal como previene el art. 339, el que será determinado en ejecución de sentencia