Auto Supremo AS/0297/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0297/2008

Fecha: 08-Dic-2008

Regístrese y devuélvase


POR TANTO: La Sala Civil de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la concurrencia del Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte, Ministro de la Sala Social y Administrativa Segunda, convocado al efecto, CASA el auto de vista recurrido de fs. 324-325, declarando PROBADA la demanda principal en cuanto a la obligación de los demandados de cancelar a favor de la Fundación demandante, los alquileres devengados, el consumo de energía eléctrica, insumos y herramientas, más el resarcimiento del daño que deberá establecerse en ejecución de sentencia y PROBADA en parte la demanda reconvencional, debiendo reconocerse a favor de los codemandados la suma de $us. 13.991,58, por concepto de pagos realizados a terceros por cuenta de ACLO, así como una cuota parte a favor del codemandado Ricardo Sauma Kuncar por concepto del humus de lombriz que también se determinará en ejecución de sentencia. Sin costas por tratarse de juicio doble y sin responsabilidad por ser excusable.

MINISTRA RELATORA: Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez.

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