Auto Supremo AS/0443/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0443/2008

Fecha: 10-Dic-2008

Por otro lado, acusa que tanto el a quo como el ad quem incurrieron en


Por otro lado, acusa que tanto el a quo como el ad quem incurrieron en error de hecho y de derecho en la apreciación y valoración de la prueba, aduciendo que no se valoró las pruebas cursantes a fs. 3, que acredita que el 4 de junio de 2001 se le entregó el preaviso de rescisión de contrato por lo que debía permanecer 90 días trabajando conforme el art. 12-2) de la Ley General del Trabajo; la prueba de fs. 8, a través de la cual, el demandante, el 13 de julio de 2001 entregó los equipos y material que estaba a su cargo; la de fs. 42-51, consistente en registro de asistencia, donde consta que Iván Marlon Méndez Bernal dejó de asistir a su fuente de trabajo desde el 13 de julio de 2001, incurriendo en lo previsto en el art. 16-f) de la Ley General del Trabajo y art. 9-f) de su Decreto Reglamentario, por tanto sin lugar al desahucio e indemnización, por tratarse de un retiro voluntario del trabajador