Auto Supremo AS/0050/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0050/2008

Fecha: 19-Feb-2008

5


5.- Tampoco puede admitirse la extinción de la obligación demandada, mediante la confusión, porque si bien es cierto que, actualmente los recursos de ambos entes gestores, pasaron a depender del SENAPE; empero sus recursos, son diferentes y lógicamente deben ser incluidos en partidas presupuestarias separadas