Auto Supremo AS/0050/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0050/2008

Fecha: 19-Feb-2008

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7.- Respecto del recurso de casación formulado por el representante de FOPEBA, en los otrosíes del memorial de fs. 401-404, se debe recordar que el recurso de casación, se equipara a una nueva demanda de puro derecho, en la que debe cumplirse inexcusablemente, los requisitos y formalidades previstas por el art. 258 del Cód. Pdto. Civ. y que además debe considerarse, para su concesión, si la parte que lo opusiere, hubiese intervenido en las instancias anteriores o hubiese impugnado oportunamente de la sentencia, para activar su legitimación e interponer dicho recurso extraordinario