Auto Supremo AS/0050/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0050/2008

Fecha: 19-Feb-2008

En definitiva, se establece que no son ciertas las causales de nulidad alegadas por la


En definitiva, se establece que no son ciertas las causales de nulidad alegadas por la parte coactivada, habiendo cumplido con las normas conforme a las reglas establecidas por el art. 33 de la C.P.E. y 5º de la L.O.J., debiendo por ello, desestimarse por infundado, el recurso de casación formulado a fs. 370-374