Finalmente, después de redundar e insistir en que en el reglamento interno del H
Finalmente, después de redundar e insistir en que en el reglamento interno del H. Concejo Municipal existe un artículo que le permite cobrar un monto fijo mensual equivalente a la dieta de cuatro sesiones del Concejo, por ser concejal suplente que integra una comisión especial, pide se case el auto de vista recurrido y, deliberando en el fondo, solicita se declare improbada la demanda en su contra
- MINISTRO RELATOR: Dr. Julio Ortiz Linares
- CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso coactivo fiscal, en base a los Informes de Auditoría
- En apelación deducida por la parte coactivada (fs
- La referida determinación, motivó el recurso de casación de fs
- Argumenta también que el tribunal de alzada no consideró que en la sesión de 27
- También ha señalado que no hay ley que mande o prohíba trabajar como Presidenta de
- Como causales de casación en el fondo, denuncia la violación de los arts
- Finalmente, después de redundar e insistir en que en el reglamento interno del H
- CONSIDERANDO II: Que así planteado el recurso, analizando de forma exhaustiva si lo recurrido es
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- Consiguientemente, se llega a colegir de que no existe causal de casación en la forma,
- En consecuencia las denuncias formuladas en el recurso de casación en la forma, no son
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- Tampoco existe vulneración a los Arts
- Por otro lado y a manera de ilustración, es pertinente referirse al erróneo procedimiento que
- Que, en ese marco legal, se concluye que el auto de vista se ajusta a
- Se regula el honorario del profesional abogado, en la suma de Bs
- Relator:Ministro Dr. Julio Ortiz Linares
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Julio Ortiz Linares
- Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
