Auto Supremo AS/0205/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0205/2008

Fecha: 12-Jun-2008

Por otro lado y a manera de ilustración, es pertinente referirse al erróneo procedimiento que


Por otro lado y a manera de ilustración, es pertinente referirse al erróneo procedimiento que impuso el juez a quo a momento de dictar la sentencia, sin emitir en forma conjunta el pliego de cargo. Ciertamente, evidencian un incumplimiento al procedimiento instituido por los Arts. 16 y 17 de la Ley de Procedimiento Coactivo Fiscal, empero este hecho no acarrea la nulidad de obrados, sobre la base del Principio de Especificidad previsto por el Art. 251 numeral 1, del Código de Procedimiento Civil, concluyéndose en definitiva, que tanto la sentencia como el pliego de cargo deben ser emitidos en forma conjunta