Auto Supremo AS/0240/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0240/2008

Fecha: 18-Jul-2008

Bajo este lineamiento, el autor Guillermo Cabanellas en su obra "Tratado de Derecho Laboral, Doctrina


CONSIDERANDO II: Que así planteado el recurso, de la revisión del expediente, se establece lo siguiente:

1.- Con carácter previo a resolver el recurso formulado, corresponde realizar las siguientes consideraciones de orden doctrinal y legal:

Todas las legislaciones laborales de América Latina, incluida la nuestra, han coincidido que entre las obligaciones del empleador dentro de la relación laboral, respecto de los riesgos del trabajo, están constituidas entre muchas, por la asistencia médica, quirúrgica y hospitalaria, agregándose a éstas las obligaciones del daño patrimonial emergente como consecuencia del ejercicio laboral (accidente).

Bajo este lineamiento, el autor Guillermo Cabanellas en su obra "Tratado de Derecho Laboral, Doctrina y Legislación Iberoamericana", Tomo IV, Accidentes y Enfermedades de Trabajo, Pág. 285, menciona que:

"Cuando no resulta mortal el accidente de trabajo, el empresario está obligado con respecto al trabajador: a) a proporcionarle asistencia médica y farmacéutica; b) a entregarle aparatos de prótesis; e) a pagarle una indemnización; d) a conservarle el empleo o darle otro, si lo tuviera, de acuerdo con sus condiciones físicas...".

De las obligaciones enunciadas, la indemnización por el accidente de trabajo, se revela no como la más importante, pero sí como la más compleja, por las consecuencias que pueden producirse en el trabajador, víctima del accidente laboral.

Asimismo, es menester considerar, citando a Esteban N. Pavese, en su obra "Discapacidades de Origen Laboral", Pág. 28, que debe entenderse por accidente laboral: "el acontecimiento fortuito, súbito, inesperado, involuntario, instantáneo, inespecífico, con liberación energética descontrolada de alta agresión, que ocurre en el tiempo y lugar determinados y que puede provocar lesiones. Cuando ese acontecimiento sucede por el hecho u ocasión del trabajo, se identifica la figura del accidente laboral"