Auto Supremo AS/0240/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0240/2008

Fecha: 18-Jul-2008

Nuestra legislación, define el accidente de trabajo en el Art


Nuestra legislación, define el accidente de trabajo en el Art. 81 de la L.G.T., "como toda lesión traumática o alteración funcional, permanente o temporal, inmediata o posterior o la muerte originada por una fuerza inherente al trabajo en las condiciones establecidas anteriormente"; y, con mayor claridad, el Art. 27 inc. a) del C.S.S. expresa que: "Se entiende por accidente de trabajo, toda lesión orgánica o trastorno funcional producido por la acción súbita y violenta de una causa externa, con ocasión o como consecuencia del trabajo y que determine disminución o pérdida de la capacidad de trabajo"