Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0240/2008
Fecha: 18-Jul-2008
Dr. Jaime Ampuero García
Dr. Jaime Ampuero García
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PARTES: Rodríguez Heredia Wilson Andrés c/ SESIGA BUHOS S.A
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MINISTRO RELATOR: Dr. Julio Ortiz Linares
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CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza Cuarto del Trabajo y Seguridad Social
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En grado de apelación deducida por el demandante (fs
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Por otra parte señala que el pago de sus beneficios se efectuó el 7 de
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Fundamenta que recibió el pago de sus beneficios por el estado de necesidad, aspecto que
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Por otra parte, alega también, que se declaró indebidamente probada la excepción de prescripción, aplicando
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Concluyó solicitando que se case el auto de vista y sentencia recurridos, declarando probada la
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Bajo este lineamiento, el autor Guillermo Cabanellas en su obra "Tratado de Derecho Laboral, Doctrina
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Nuestra legislación, define el accidente de trabajo en el Art
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No puede confundirse las prestaciones en especie y en dinero que brinda la Seguridad Social
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c) Tratamientos que suspendieron el cómputo de la prescripción que en este caso se aplica
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d) Lamentablemente al haber sido despedido el 31 de enero de 2003, no pudo someterse
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e) Por otra parte, revisando los antecedentes del proceso, se evidencia que el despido del
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POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
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Para resolución, según convocatoria de fs
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Relator:Ministro Dr. Julio Ortiz Linares
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Regístrese, notifíquese y devuélvase
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Firmado: Dr. Julio Ortiz Linares
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Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
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Dr. Jaime Ampuero García
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Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
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