CONSIDERANDO II: Que así planteado el recurso, analizando de forma exhaustiva si lo recurrido es
CONSIDERANDO II: Que así planteado el recurso, analizando de forma exhaustiva si lo recurrido es evidente o no, se pasa a resolver los fundamentos de dicha acción de cuyo análisis y compulsa, se tiene:
1.- No procede la nulidad alegada por el recurrente con el fundamento de no haber sido notificado con la demanda y la Nota de Cargo Nº 13/98, cursante a fs. 3 y 111 respectivamente, por cuanto es él quien se apersona voluntariamente ante el juzgado, como consta a fs. 124 y el juez de la causa emitió el decreto de fs. 125, aclarando al coactivado que el término de emplazamiento del auto de fs. 111 Vta., empieza a correr a partir de la notificación con ese apersonamiento, el mismo que fue notificado al abogado y apoderado del recurrente a fs. 125 Vta., de conformidad con lo determinado en el Art. 15 de la Ley de Procedimiento Coactivo Fiscal, razón por la cual no puede alegar nulidad alguna toda vez que fue el coactivado quien voluntariamente se apersonó a estrados
- MINISTRO RELATOR: Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- La referida determinación, motivó el recurso de casación de fs
- En consecuencia, la competencia del juez a quo nunca se abrió, existiendo vicios de nulidad
- También indica que vulneraron el Art
- El recurrente aduce manifiesta violación de la norma contenida en el Art
- En lo concerniente a la interposición del recurso de casación en el fondo, alega que
- Finalizando la exposición, pide se casen las Resoluciones Nº 112/06 de 10 de mayo de
- CONSIDERANDO II: Que así planteado el recurso, analizando de forma exhaustiva si lo recurrido es
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- De igual modo, es menester que el acto defectuoso no haya sido convalidado expresa o
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- En ese contexto, las pruebas precedentemente citadas, no desvirtúan los cargos encontrados en el dictamen
- Que en ese marco legal se concluye, que el tribunal de alzada ha compulsado correctamente
- Relator:Ministro Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Dr. Julio Ortiz Linares
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
