Auto Supremo AS/0043/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0043/2009

Fecha: 29-Ene-2009

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2.- Respecto a las acusaciones del punto B) la demora de más de dos años, el recurrente tenía expeditas las acciones que la ley le confiere para realizar los reclamos correspondientes, sin embargo no lo hizo, permitiendo la prosecución del proceso, dejando "precluir" su derecho y convalidando el acto recién ahora reclamado, el mismo que no constituye causal de nulidad