Auto Supremo AS/0043/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0043/2009

Fecha: 29-Ene-2009

En el caso de autos, el recurrente, después de interponer el recurso de casación en


En el caso de autos, el recurrente, después de interponer el recurso de casación en el fondo, se apersona ante este Tribunal Supremo a fs. 487 a 493, pidiendo se tenga presente el memorial de respaldo y mejora de los fundamentos de la defensa de la entidad que representa, amparado para el efecto en el art. 266 del Procedimiento Civil, solicitando al tribunal anular obrados, denunciando vicios procesales, que no fueron impugnados en ninguna otra instancia, sin embargo, antes de ingresar al fondo del recurso, este Tribunal, pasa a examinar los presuntos vicios procesales, a objeto de verificar si se trata de defectos que interesen al orden público y ameriten declarar la nulidad solicitada:

1.-En relación a las acusaciones del punto uno A) no ameritan ninguna nulidad, sino amonestación al personal del juzgado, y las sanciones que deberán ser impuestas por el Consejo de la Judicatura