Auto Supremo AS/0043/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0043/2009

Fecha: 29-Ene-2009

c) En cuanto a la vulneración de los arts


c) En cuanto a la vulneración de los arts. 1492, 1493, 1494 y 1495 del Código Civil, se debe manifestar que el efecto extintivo de la prescripción según el art. 1492 -1) del Código Civil: "Los derechos se extinguen por prescripción cuando su titular no los ejerce durante el tiempo que la ley establece", de los antecedentes se evidencia que:

1) El Banco Mercantil y Ernesto Gutiérrez Suzaño, son parte dentro del proceso de mejor derecho y nulidad de remate que les siguió el Banco del Estado, encontrándose pendiente el derecho de accionar del demandante, hasta que se resuelva la contienda, puesto que sería absurdo pretender que ejerza su legítimo derecho de repetir el monto de lo pagado, si la titularidad y la legalidad del remate se encontraba pendiente de resolución