Auto Supremo AS/0043/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0043/2009

Fecha: 29-Ene-2009

Por lo que tomando en cuenta los principios que rigen las nulidades, el de especificidad,


Por lo que tomando en cuenta los principios que rigen las nulidades, el de especificidad, preclusión, trascendencia y convalidación, que establecen que no hay nulidad sin la existencia de una ley específica que así la determina, tampoco hay nulidad sin perjuicio y finalmente si la violación de forma no es reclamada oportunamente se considera convalidada con el consentimiento, por lo que no corresponde dar curso a la nulidad solicitada, haciendo notar expresamente que el recurrente pretende convertir a este Tribunal de derecho en uno de hecho, y sustituir la mejora en el de casación, sin tomar en cuenta lo expresamente determinado en el art. 258-3 del Código de Procedimiento Civil, por lo que no ha lugar a lo solicitado