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    Auto Supremo AS/0436/2009
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0436/2009

    Fecha: 22-Oct-2009

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    • Partes: Ministerio Público c/ Jorge Roca Suárez, Beatriz Roca Suárez y otras
    • CONSIDERANDO: Que, el caso de autos se originó sobre la base de lo establecido en
    • CONSIDERANDO: Que, por mandato del artículo 15 de la Ley de Organización Judicial, los tribunales
    • Ordenó que los ocupantes de las oficinas de la planta baja del edificio "Oriente", exhiban
    • Que, sobre esa base se procedió con la referida investigación, dentro la cual, el Ministerio
    • Que, a raíz de la excusa de los miembros del Tribunal del Juzgado Primero de
    • Que, radicado el expediente ante el Tribunal del Juzgado de Partido Segundo de Sustancias Controladas,
    • Dichas conclusiones fueron remitidas al Fiscal del Distrito de Santa Cruz (fojas 1414), en cuyo
    • Que, el proceso se desarrolló sobre la base de ese Auto de Procesamiento, en ese
    • Que, la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz
    • Que, el proceso finalizó, en primera instancia, con sentencia de 27 de junio de 2003
    • CONSIDERANDO: Que expuestos ampliamente los antecedentes de la causa, corresponde precisar que, la Corte Suprema
    • Que, los Tribunales de Instancia, desafortunadamente han inobservado lo dispuesto en el referido Auto Supremo,
    • 2
    • Que, si bien en ese momento histórico no existía la actual preceptiva penal prevista por
    • Que, en ese marco queda claro que al Ministerio Público le correspondía, sobre la base
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    • Que, por los fundamentos expuestos precedentemente corresponde dar aplicación a lo dispuesto por el artículo
    • POR TANTO: La Sala Penal Segunda de la Corte Suprema deJusticia de la Nación, con
    • No siendo excusable la omisión de revisión de los señores Vocales suscriptores del Auto de
    • Regístrese, comuníquese y cúmplase
    • Firmado
    • Delito: Tráfico de Sustancias Controladas
    • VISTOS:los recursos de casación interpuestos entre el 28 de noviembre y el 17 de diciembre
    • CONSIDERANDO: que los petitorios que son caso de autos tuvieron origen en los siguientes antecedentes
    • CONSIDERANDO: que los argumentos expuestos por los imputados corresponden al siguiente detalle
    • CONSIDERANDO: que los argumentos expuestos por terceros no imputados corresponden al siguiente detalle
    • 5
    • CONSIDERANDO: que el proceso de referencia fue tramitado para aplicación de la disposición contenida en
    • Que en la parte considerativa de la Sentencia (fojas 2008), los Jueces que conocieron esa
    • Que cabe calificar como improcedentes los petitorios expuestos por Blanca Suárez Gómez y por Beatriz
    • Que no es rechazable el petitorio de Rafael Roca Arteaga acerca de la pertinencia de
    • Que es admisible lo expuesto por el Director General del Registro, Control y Administración de
    • Que en cuanto a la solicitud de las Religiosas de la Congregación de Misioneras de
    • Que corresponde una revisión de las resoluciones adoptadas respecto al tema de las confiscaciones, tanto
    • POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase

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