Auto Supremo AS/0436/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0436/2009

Fecha: 22-Oct-2009

CONSIDERANDO: Que, por mandato del artículo 15 de la Ley de Organización Judicial, los tribunales


CONSIDERANDO: Que, por mandato del artículo 15 de la Ley de Organización Judicial, los tribunales y jueces de alzada en relación con los de primera instancia y los de casación respecto de aquellos, están obligados a revisar los procesos de oficio, a tiempo de conocer una causa, si los jueces y funcionarios observaron los plazos y leyes que norman la tramitación y conclusión de los procesos para aplicar en su caso las sanciones pertinentes. En ese sentido de la revisión de antecedentes se advierte:

Que, por requerimiento de 6 de febrero de 1991 (fojas 59), el representante del Ministerio Público solicitó al Juzgado de Partido de Sustancias Controladas que, en el marco de la atribución conferida por el inciso b) del artículo 85 de la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas, proceda a las investigaciones tendientes a esclarecer la procedencia de la fortuna de quienes aleguen tener derecho propietario sobre los inmuebles rústicos denominados "El Jorori", "El Patuju","El Cupesi" y otros, conocidos como "Estancia Horizonte", igualmente solicitó, se investigue los vínculos y fortuna del ciudadano Jorge Roca Suárez, sus familiares y de la Sociedad Agropecuaria Industrial Limpias y Cia. Ltda. A raíz de ese y otros requerimientos expuestos en ese mismo sentido, el 23 de diciembre de 1991 el Juzgado Primero de Sustancia Controladas de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra dictó el Auto de fojas 526 a 536, por el cual ordenó y dispuso la apertura de proceso de investigación de fortuna y/o blanqueo de dinero en contra de Jorge Roca Suárez, por pesar sobre él prueba preconstituida de haber intervenido en delitos de narcotráfico, asimismo amplió la investigación en contra de Blanca Suárez Gómez, Asunta Roca Suárez, Beatriz Roca Suárez, Miriam Roca de Villagomez, y en contra de la Sociedad Agropecuaria e Industrial "Limpias y Compañía" S.R.L. y sus miembros asociados Ernesto Limpias Gutiérrez, Gerardo Villagómez Rosales, José Ernesto Limpias Chávez y el ex socio Jesús Melgar Arteaga, por existir suficientes indicios de su participación en el blanqueo de dinero producto del delito de narcotráfico atribuido a Jorge Roca Suárez. Dispuso la citación y emplazamiento de quienes alegaran tener derecho propietario sobre los siguientes bienes incautados: 1) la vivienda del barrio "Sirarí", 2) inmueble del Km. dos y medio de la carretera al "Norte", 3) inmueble ubicado en la calle "Quijarro" número 525, 4) propiedad denominada "Estancia Horizonte" ubicada en el Km. 14 al 17 de la carretera al "Norte". Igualmente dispuso el gravamen e hipoteca de esos bienes y el registro del vehículo automóvil marca Toyota, Crecida, modelo 1986, con placa de control SAJ-391