Auto Supremo AS/0452/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0452/2009

Fecha: 16-Nov-2009

Que, para los fines de la revisión de la sentencia condenatoria, no reviste mayor trascendencia


Que, para los fines de la revisión de la sentencia condenatoria, no reviste mayor trascendencia el hecho de que en mérito al compromiso de compraventa de 2 de diciembre de 1999, la Unidad Operativa de Servicios Transnaval no hubiera cancelado el saldo de lo adeudado en el plazo convenido, que era de 80 días computables a partir de la suscripción del compromiso de venta, y en los hechos lo hubiera efectuado después de 150 días. Por cuanto ante el incumplimiento del pago en el plazo pactado, los vendedores, bien podían demandar el cumplimiento o en su defecto la resolución del contrato, empero, no obraron en ese sentido, y bajo su promesa de extender las minutas traslativas de dominio a favor de la Transnaval, inmediatamente se proceda al pago o en un plazo no mayor a cinco días, obtuvieron el desembolso del monto acordado para la transferencia del inmueble, siendo de su pleno conocimiento la imposibilidad que tenían para cumplir lo comprometido, en virtud a la situación legal en que se encontraba el inmueble ofertado en venta