Cámara de la Sala Penal Primera
Dr. José Luís Baptista Morales
Sucre, 8 de diciembre de 2009
Proveído.- Jaime René Conde Andrade -Secretario de
Cámara de la Sala Penal Primera
- VISTOS: el recurso de casación interpuesto por Mario Cadima Cano, Fiscal de Sustancias Controladas (fojas
- CONSIDERANDO: que eL Juzgado Tercero de Partido de Sustancias Controladas Liquidador de la ciudad de
- Que ante recursos de apelación interpuestos contra esa sentencia Alberto Cuellar Mercado (fojas 468) y
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- Que el recurrente, basándose en esos argumentos solicitó que se case el Auto de Vista
- CONSIDERANDO: que por el análisis del expediente se cuenta con los siguientes datos
- El Auto de Vista de 27 de marzo de 2004 (fojas 487 a 488 vuelta
- CONSIDERANDO: que a efectos de resolver el presente recurso de casación, es menester hacer referencia
- En la misma lógica, la calificación efectuada respecto al encausado Herman Chávez Paz, tampoco se
- En ese sentido, para la fijación de la pena deben considerarse las disposiciones contenidas en
- CONSIDERANDO: que con relación a la situación del absuelto Luís Fernando Zabala Siles, debe tenerse
- Que por tal razón la valoración de los elementos de juicio es incensurable en casación
- Por estas razones, respecto a la situación de Luís Fernando Zabala Siles, no se incurrió
- POR TANTO: la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Sin responsabilidad por la casación parcial
- Regístrese, hágase y devuélvase
- Fdo. Dr. Teófilo Tarquino Mújica
- Dr. Ángel Irusta Pérez
- Cámara de la Sala Penal Primera
- Libro Tomas de Razón 3/2009
