Auto Supremo AS/0584/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0584/2009

Fecha: 08-Dic-2009

En ese sentido, para la fijación de la pena deben considerarse las disposiciones contenidas en


En ese sentido, para la fijación de la pena deben considerarse las disposiciones contenidas en los arts. 37, 38 y 40 del Código Penal, resultando en el caso de autos, que Juan Carlos Landivar Avis produjo prueba testifical durante el proceso respecto a que era conocido como una persona trabajadora y amigable; que Herman Chávez Paz presentó testigos, quienes expresaron que nunca tuvo problemas, que ha sido una persona trabajadora y servicial; y que Alberto Cuellar Mercado no registra antecedentes relacionados con actividades de narcotráfico; empero, debe también considerarse la cantidad de sustancia controlada que alcanzó a 90.076 gramos de cocaína