Auto Supremo AS/0372/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0372/2010

Fecha: 28-Oct-2010

POR TANTO: La Sala Civil de la Corte Suprema de la Nación, con la facultad


POR TANTO: La Sala Civil de la Corte Suprema de la Nación, con la facultad conferida por el artículo 58 -1) de la Ley de Organización Judicial y aplicando lo dispuesto por los artículos 15 de esa ley y 252 del Código de Procedimiento Civil, ANULA obrados hasta fojas 310, inclusive, y dispone que el Juez A quo, emita nueva resolución, en estricta observancia de lo previsto por los artículos 87 y 3-1), del Código de Procedimiento Civil y, a los fundamentos expuestos en el presente Auto Supremo