Auto Supremo AS/0623/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0623/2010

Fecha: 16-Nov-2010

En cuanto al recurso de casación en el fondo


CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso interpuesto, se tiene dicho lo siguiente:

En cuanto al recurso de casación en el fondo:

A lo acusado en los puntos 1) y 2)corresponde recordar que el recurso de casación se equipara a una demanda nueva de puro derecho en el que, conforme establece el art. 258-2) del Cód. Pdto. Civ., debe citarse en términos claros, concretos y precisos la sentencia o auto del que se recurriere, su folio dentro del expediente, la ley o leyes violadas o aplicadas falsa o erróneamente y especificar en qué consiste la violación, falsedad o error, ya se trate de recurso de casación en el fondo, en la forma o en ambos, especificaciones que deberán hacerse precisamente en el recurso y no fundarse en memoriales o escritos anteriores ni suplirse posteriormente; ni alegar nuevas causas por contravenciones que no se hubieren reclamado en los tribunales inferiores, aspecto que se evidencia en el presente, toda vez que el mismo no ha sido reclamado oportunamente, razón para que éste Tribunal se halle impedido de ingresar a su conocimiento