Auto Supremo AS/0623/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0623/2010

Fecha: 16-Nov-2010

Por lo que a lo acusado en los puntos 1) y 2), corresponde señalar que


Por lo que a lo acusado en los puntos 1) y 2), corresponde señalar que tanto la falta de notificación con la contestación de la demanda, como el hecho de aperturar el término probatorio sin haber expresamente constituido la relación jurídico procesal, tiene un resultado que viene siendo el mismo, pues no tiene incidencias en cuanto al debido proceso se refiere