Auto Supremo AS/0623/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0623/2010

Fecha: 16-Nov-2010

En este marco y de la revisión de la prueba aportada por las partes y


En este marco y de la revisión de la prueba aportada por las partes y demás aspectos que han influido para la determinación de las resoluciones de grado, en el reconocimiento de la relación laboral, corresponde resaltar que por inspección ocular se ha evidenciado que la actora ocupaba determinado espacio en las oficinas de la empresa, con pleno uso de los correspondientes materiales otorgados por ellos para el cumplimiento de sus funciones y que han sido determinantes para confluir que se ha dado la subordinación y la dependencia, características esenciales de la relación laboral; sumado a ello la certificación de fs. 2 y la nota de cambio de actividad de fs. 3. Por otro lado de las literales de fs. 7-53 y de 103-107 se ha evidenciado que percibía un salario en forma mensual. Si bien la actora no cumplía un horario fijo de trabajo, era debido a la naturaleza de las funciones que cumplía, pues en su condición de promotora de servicios de courrier debía visitar a las empresas y posibles clientes a fin de conseguir brindarles los servicios de la empresa y por otra parte el elaborar un sondeo de mercado