Auto Supremo AS/0674/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0674/2010

Fecha: 17-Dic-2010

Sin embargo dice que los Vocales de la Sala Penal Tercera de la Corte Superior


Sin embargo dice que los Vocales de la Sala Penal Tercera de la Corte Superior de Cochabamba, en el Auto de Vista de 5 de junio de 2007, contradicen flagrantemente los Autos Supremos invocados, es decir la doctrina legal aplicable detallada precedentemente, fundamentalmente por no identificar la falla o la impericia del Tribunal de Sentencia en la valoración de los hechos y limitarse a realizar una simple relación de hechos. Indica que la correcta aplicación que debieron dar los Vocales de la Sala Penal Tercera era identificar la falta o la impericia del Juez o Tribunal de Sentencia en la valoración de los hechos y las pruebas, además que las reglas de la sana crítica estén explicitadas en el fundamento de la valoración de la prueba de manera clara, concreta y directa, en cumplimiento del Auto Supremo 328, de 29 de agosto de 2006