Auto Supremo AS/0338/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0338/2010

Fecha: 21-Sep-2010

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2.- Que analizados los fundamentos del auto de vista recurrido en relación a las infracciones acusadas en el recurso de casación objeto de análisis, se establece:

a) El recurrente acusa que el auto de vista impugnado, al confirmar la sentencia apelada, obró indebidamente y solicitó la casación para que se declare probada la demanda coactiva, sin advertir que el único tema de impugnación de la apelación, fue la percepción de dietas por sesiones de Comisión Administrativa, Técnica, Social y Cultural, que los jueces de grado dieron por descargadas aplicando indebidamente los arts. 5º y 7º inc. j) de la C.P.E., pero en ningún momento se impugnó el aludido fallo respecto del pago por percepción de dietas respecto de asistencia a sesiones del Concejo, cuando se encontraba gozando de licencias o estaba declarada en comisión