Sin costas, en aplicación del art
POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la atribución contenida en el numeral 1. del art. 60º de la L.O.J., en desacuerdo con el dictamen fiscal de fs. 540, CASA EN PARTE el auto de vista recurrido y deliberando en el fondo, declara probada en parte la demanda coactivo fiscal de fs. 64-65, disponiendo que la coactivada Angélica Terrazas Campos, restituya a favor del Gobierno Municipal de Sucre, la suma de Bs. 4.915 equivalente a $us. 937, por percepción indebida de dietas conforme instituye el art. 77 inc. d) de la L.S.C.F., debiendo el juez de la causa girar Pliego de Cargo contra la coactivada por la suma indicada y proceder a su cobro conforme establecen los arts. 17 y siguientes de la Ley de Procedimiento Coactivo Fiscal
Sin costas, en aplicación del art. 39 de la Ley Nº 1178 de 20 de julio de 1990
- PARTES: Contraloría Departamental de Chuquisaca c/ Angélica Terrazas Campos
- MINISTRO RELATOR: Esteban Miranda Terán
- CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso coactivo fiscal en base a los Informes de Auditoria
- En apelación deducida por el representante de la entidad coactivante (fs
- La referida resolución de vista motivó el recurso de casación en el fondo, interpuesto por
- Luego en el marco del art
- Afirma que lo resuelto por el tribunal de alzada resulta atentatorio contra los intereses de
- Concluyó solicitando se conceda el recurso ante este tribunal para que se case el auto
- CONSIDERANDO II: Que así planteado el recurso, corresponde su análisis y consideración en base a
- Tramitado el proceso coactivo se emitió la Sentencia Nº 48/04 de 25 de junio de
- El tribunal de alzada resolviendo la apelación formulada, confirmó la sentencia de grado, con el
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- Esta diferenciación se la debe realizar a efecto de aclarar que la suma de Bs
- b) En lo que respecta al cargo por concepto de pago por sesiones de Comisión
- Por lo referido corresponde resolver el recurso conforme establecen los arts
- Sin costas, en aplicación del art
- Para resolución según convocatoria de fs
- Min. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Min. Jorge I. Von Borries M
- Proveído: Mirtha Dolly Ortiz Paniagua
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
