Tramitado el proceso coactivo se emitió la Sentencia Nº 48/04 de 25 de junio de
Tramitado el proceso coactivo se emitió la Sentencia Nº 48/04 de 25 de junio de 2004, dando por justificados los cargos declarando improbada la demanda y sin efecto la Nota de Cargo Nº 21/02 y todas las medidas precautorias dispuestas contra la Coactivada, la Contraloría Departamental de Chuquisaca, impugnó la sentencia de grado, exponiendo como único agravio que no corresponde el pago de dietas canceladas por sesiones de las Comisiones Administrativa, Técnica, Social y Cultural, en contravención de los arts. 22 de la Ley Orgánica de Municipalidades y 43 del Decreto Supremo Nº 21364 Reglamento de Ejecución Presupuestaria, pidiendo que se mantenga el cargo originalmente establecido por dicho concepto de Bs. 4.915 equivalente a $us. 937
- PARTES: Contraloría Departamental de Chuquisaca c/ Angélica Terrazas Campos
- MINISTRO RELATOR: Esteban Miranda Terán
- CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso coactivo fiscal en base a los Informes de Auditoria
- En apelación deducida por el representante de la entidad coactivante (fs
- La referida resolución de vista motivó el recurso de casación en el fondo, interpuesto por
- Luego en el marco del art
- Afirma que lo resuelto por el tribunal de alzada resulta atentatorio contra los intereses de
- Concluyó solicitando se conceda el recurso ante este tribunal para que se case el auto
- CONSIDERANDO II: Que así planteado el recurso, corresponde su análisis y consideración en base a
- Tramitado el proceso coactivo se emitió la Sentencia Nº 48/04 de 25 de junio de
- El tribunal de alzada resolviendo la apelación formulada, confirmó la sentencia de grado, con el
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- Esta diferenciación se la debe realizar a efecto de aclarar que la suma de Bs
- b) En lo que respecta al cargo por concepto de pago por sesiones de Comisión
- Por lo referido corresponde resolver el recurso conforme establecen los arts
- Sin costas, en aplicación del art
- Para resolución según convocatoria de fs
- Min. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Min. Jorge I. Von Borries M
- Proveído: Mirtha Dolly Ortiz Paniagua
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
