Auto Supremo AS/0320/2011
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0320/2011

Fecha: 07-Oct-2011

POR TANTO: La Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con


POR TANTO: La Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la facultad contenida el artículo 58.1) de la Ley de Organización Judicial y aplicando los dispuesto por los artículos 252 del Código de Procedimiento Civil y 15 de la Ley de Organización Judicial, ANULA el Auto de Vista Nº 258/2007, de fojas 997 a 998 vuelta y dispone que el Tribunal de alzada sin espera de turno y previo sorteo, resuelva el recurso de apelación de fojas 915 a 921 (numeración original), con la pertinencia prevista por el artículo 236 del Código de Procedimiento Civil. Sin multa por ser excusable el error