Auto Supremo AS/0137/2011
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0137/2011

Fecha: 13-May-2011

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3.- Finalmente acusa que de igual manera el tribunal de alzada no hace una adecuada valoración con relación al pago de doble aguinaldo de 2003 y 2004 que está regulado por el art. 1 de la Ley de 18 de diciembre de 1944, si bien la sentencia dispone el pago del mismo, pero no aplica la sanción de pago doble establecido para el caso de incumplimiento, al no haber demostrado la parte demandada el pago oportuno, corresponde el pago doble, de igual manera indica que le corresponde el pago de vacación por la gestión 2003