En la especie, luego de una revisión del recurso que se resuelve, se advierte con
En la especie, luego de una revisión del recurso que se resuelve, se advierte con meridiana claridad que el recurrente no cumplió con la carga procesal y la adecuada técnica jurídica anteriormente descrita, siendo evidente que desconoce la naturaleza jurídica del recurso de casación en el fondo, puesto que se ha observado los requisitos formales, obligando a que el Tribunal Supremo declare su improcedencia conforme lo dispuesto en los arts. 271-1) y 272 del adjetivo civil, porque técnicamente no hay recurso de casación cuando se plantea uno en el que no se concreta correctamente el reclamo como casación en el fondo o en la forma
- AUTO SUPREMO Nº 137 Social Sucre, 13 de mayo de 2011
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- Finalmente concluye solicitando que este Tribunal CASE PARCIALMENTE el Auto de Vista, disponiendo el pago
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- En ese orden, es necesario precisar que la finalidad del recurso de casación en el
- En virtud a esta diferenciación de la acción extraordinaria de puro derecho, la resolución que
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- Consecuentemente, conforme lo expuesto, corresponde dar aplicación a los arts
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia, con
- Tiempo de servicios: 18 años y 8 días
- TOTAL BENEFICIOS SOCIALES Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Fdo. Dra. Beatriz Sandoval de Capobianco
- Dr. Julio Ortiz Linares
- Sucre, 13 de mayo de 2011
- Proveído: Sandra Magaly Mendivil B. Secretaria de Cámara.
