Auto Supremo AS/0137/2011
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0137/2011

Fecha: 13-May-2011

En lo que hace al aguinaldo de navidad, éste se constituye además de un derecho


En lo que hace al aguinaldo de navidad, éste se constituye además de un derecho irrenunciable, en inembargable, no siendo susceptible de retención judicial, descuento, compensación ni transacción de ninguna naturaleza en el marco de lo dispuesto por los Decretos Supremos de 16 de diciembre de 1952 y 29 de diciembre de 1950; además, que no se lo pierde ni aún cuando el trabajador haya incurrido en las causales previstas en los arts. 16 de la Ley General del Trabajo y 9 de su Decreto Reglamentario, por constituir al igual que el salario una contraprestación directa del trabajo realizado