Auto Supremo AS/0349/2011
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0349/2011

Fecha: 15-Jun-2011

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4.-Del análisis del Auto de Vista recurrido, se tiene que El Tribunal de Alzada, al anular la Sentencia para que otro Juez de Sentencia, dicte nueva Resolución, no tomó en cuenta el principio de celeridad procesal, no señaló que aspectos fueron incumplidos por la Sentencia, si estos afectan o no la parte dispositiva. Arguye la falta de fundamentación y valoración de la prueba, cuando producto de la valoración integral precisamente se impuso la pena a uno de los co-procesados y se absolvió a otros, por lo que el fallo de instancia cumple con las formalidades previstas y expone los hechos probados y no probados suficientemente, puesto que no es posible exigir la uniformidad de redacción en los fallos, es suficiente, que el Juzgador cumpla con lo previsto en el art. 173 del Código de Procedimiento Penal y el valor que tienen las declaraciones testifícales y la prueba documental que en el caso de autos ha sido debidamente judicializada y valorada