CONSIDERANDO: Que de la revisión detallada del proceso, se establecen los siguientes hechos
CONSIDERANDO: Que de la revisión detallada del proceso, se establecen los siguientes hechos:
1.-Durante el juicio oral seguido por Geraldine Cinthia Zagal Machicado en representación legal del Fondo Financiero Privado para el Fomento de Iniciativas Económicas S.A. FFP-FIE contra Oscar Apolinar Villarreal Terrazas, por el delito de Giro de Cheque en descubierto, el Juez Cuarto de Sentencia, la parte querellante interpuso incidente de exclusión probatoria, por la que el Juez, excluyó las pruebas de descargo presentadas por el imputado, consistentes en la denuncia de fs. 79, y de la imputación penal de fs. 83 a 84 contra Ernesto Morant, y rechazó en cuanto a los demás elementos probatorios. La defensa de la parte imputada no apeló ni realizó reserva de recurrir de tal determinación, únicamente la parte querellante hizo reserva de recurrir (190-192)
- VISTOS: El Recurso de Casación interpuesto por, el Banco Para el Fomento a Iniciativas Económicas
- Interpuesto el Recurso de Apelación Restringida por la parte querellada, (fs
- Contra el referido Auto de Vista la parte querellante, interpuso Recurso de Casación, (fs
- Que el Recurso de Apelación, procede igualmente cuando se trata de un defecto de procedimiento
- Señala que las Sentencias Constitucionales No 1075/2003-R, de 24 de julio de 2003, S
- Manifiesta, que el Auto Supremo No
- Que el Sentenciado en ninguna parte de su Recurso de Apelación demostró con precisión la
- Continúa arguyendo que el A
- Nombró igualmente el A
- Que la prueba aportada fue suficiente para generar en el Tribunal la seguridad indubitable de
- Se demostró que el hecho de Giro de Cheque en descubierto existió, el mismo que
- Se ofreció, introdujo y se produjo prueba literal contundente (cheque, carta notariada de interpelación de
- Refiere que de ese modo el Auto de Vista incurrió en las siguientes ilegalidades
- 2
- 3
- 4
- 5
- 6
- Con tales argumentos pide se admita el Recurso y dejen sin efecto el Auto de
- CONSIDERANDO: Que de la revisión detallada del proceso, se establecen los siguientes hechos
- CONSIDERANDO: Que del análisis de los hechos señalados precedentemente se tiene las siguientes consideraciones de
- En autos el Juez Cuarto de Sentencia, con la facultad que le confieren las normas
- En el caso de litis, el Tribunal Ad-quem, consideró y revalorizó una prueba que fue
- DOCTRINA LEGAL APLICABLE
- En obrados, como se tiene referido, la defensa del imputado no realizó reserva alguna de
- Tomando en cuenta además, que la nulidad dispuesta resulta un contrasentido con la finalidad que
- Por otra parte las Resoluciones que emiten los juzgadores deben estar debidamente fundamentadas, expresaran los
- POR TANTO: la Sala Penal Primera de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la
- Relator: Ministro Dr. Jorge Monasterio Franco
- Regístrese, comuníquese y devuélvase.
