Auto Supremo AS/0383/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0383/2012

Fecha: 29-Oct-2012

Continuo indicando que en la Sentencia no se valoro las pruebas aportadas, no se le

Continuo indicando que en la Sentencia no se valoro las pruebas aportadas, no se le otorgó el valor legal ni tampoco las presunciones legales, no se valoró la prueba que cursa a fs. 1, 24 - 35 documentos que prueban que el demandado agilizo la ocupación del terreno al saber de la demanda y que este terreno se encuentra hoy totalmente construido a pesar de la prohibición de innovar solicitada en la demanda; por otro lado acuso la no valoración de las documentales de fs. 201 a 206 en la que en forma expresa la alcaldía municipal el año 2004 emitió un informe en el que manifiesta que los terrenos son de propiedad de Delicia Cabral Garraido y Demetrio Cabral Ferreira y que se notifico a Eduardo Tomas Abudien Moreno para la paralización de las obras, comprometiéndose éste a presentar documentos aspecto que nunca se cumplió, y que el año 2007 mediante Resolución Administrativa 05/6 del 2007 determinaron la demolición de las obras de construcción, acto que no se hizo efectivo