Auto Supremo AS/0383/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0383/2012

Fecha: 29-Oct-2012

Expuestos los antecedentes del proceso, corresponde precisar que, con referencia al mejor derecho propietario, el

Expuestos los antecedentes del proceso, corresponde precisar que, con referencia al mejor derecho propietario, el tenor del art. 1545 del Código Civil, está referido a la declaración y reconocimiento de prevalencia y eficacia jurídica de un derecho de propiedad sobre otro derecho de propiedad de un mismo inmueble; es decir que cuando se demanda el mejor derecho propietario, el actor reconoce que el demandado cuenta con derecho propietario sobre el mismo inmueble alegando tener la titularidad preferente o superior al del demandado. Otro aspecto que se debe tomar en cuenta para establecer el mejor derecho propietario es que el inmueble sea el mismo, es decir que se este hablando de un mismo inmueble aspecto que necesariamente tiene que ser probado no solo documentalmente sino físicamente para determinar la identidad común en la litis requisito sine qua non para viabilidad de la demanda de mejor derecho propietario. A tal efecto los juzgadores a tiempo de resolver a quien correspondía el mejor derecho propietario no solo deben confrontar ambos títulos de propiedad para determinar a quien le es preferente, sino establecer físicamente de que se trate de un mismo inmueble. Respecto a la reivindicación, definida ésta como la acción real que le asiste al propietario "no poseedor" frente al poseedor "no propietario", conforme señala el art.1453 del Código Civil, el Juez deberá determinar la reivindicación de la cosa de quien la posee o detenta; sin embargo si el demandado opone título de propiedad corresponderá al Juez, con carácter previo analizar y compulsar ambos títulos y determinar de quién es el derecho propietario preferente y recién ordenar la reivindicación del inmueble a favor de quien corresponda