Auto Supremo AS/0313/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0313/2012

Fecha: 14-Nov-2012

De lo expuesto y fundamentado en líneas que preceden se establece que tanto la Gerencia


De lo expuesto y fundamentado en líneas que preceden se establece que tanto la Gerencia Sectorial de Hidrocarburos del Servicio de Impuestos Nacionales, el Juez Aquo y el Tribunal Ad quem, no incurrieron, en ninguna violación de los principios de legalidad y jerarquía normativa, a tiempo de resolver la controversia, consagrados en los artículos 26 y 228 de la Constitución Política del Estado de 1967, concordante con los artículos 5 y 6 del Código Tributario Ley No. 2492, menos incurrieron en interpretación errónea del artículo 33 de la ya precitada norma legal de 1967, porque el Decreto Supremo No. 28669 de 5 de abril de 2006, se aplica a partir de su publicación, y no podía aplicarse retroactivamente al periodo fiscalizado 2005, como se pretende por parte de la empresa recurrente