Auto Supremo AS/0313/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0313/2012

Fecha: 14-Nov-2012

Que, el artículo 53 de la Ley No


Que, el artículo 53 de la Ley No. 3058 de 17 de mayo de 2005, Ley de Hidrocarburos, creo el Impuesto Directo a los Hidrocarburos (IDH) y se aplicará, en todo el territorio nacional, a la producción de hidrocarburos en Boca de Pozo, que se medirá y pagará como las regalías, de acuerdo a la citada Ley, en esa línea, se tiene el artículo 54 de la Ley No. 3058, determina que el objeto del Impuesto Directo a los Hidrocarburos, es la producción de hidrocarburos en todo el territorio nacional, el hecho generador de la obligación tributaria a este impuesto se perfecciona en el punto de fiscalización de los hidrocarburos producidos, a tiempo de la adecuación para su transporte y que el sujeto pasivo del Impuesto Directo a los Hidrocarburos, es toda persona natural o jurídica, pública o privada que produce hidrocarburos en cualquier parte del territorio nacional. Además el artículo 55 de la Ley No. 3058, que instituye la base imponible, que es idéntica a las regalías y participaciones de cada región y se aplica sobre el total de los volúmenes o energía de los hidrocarburos producidos, siendo la alícuota el 32% del total