Auto Supremo AS/0313/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0313/2012

Fecha: 14-Nov-2012

Por lo expuesto, no se puede pretender aplicar en forma retroactiva lo establecido en el


Por lo expuesto, no se puede pretender aplicar en forma retroactiva lo establecido en el Decreto Supremo No. 28669, pues las Leyes no se aplican de acuerdo a conveniencias o a simples interpretaciones personales que no tienen fundamento de legalidad. Al respecto, el artículo 81 de la Constitución Política del Estado, dispone: "La ley es obligatoria desde el día de su publicación (...)"