Auto Supremo AS/0426/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0426/2012

Fecha: 15-Nov-2012

Que, fuera la demandante la que debía producir prueba y no el fallo que

Habría por otro lado violación del art. 375-1 del Código de Procedimiento Civil, pues no habría cumplido la demandante en demostrar su titularidad de derecho propietario en el sector denominado el rosal de la, que seria falso la aseveración del fallo en sentido que el abogado de la entidad demandada hubiera hecho referencia que la propiedad de la demandante sea el que se discute.
Que, fuera la demandante la que debía producir prueba y no el fallo que pretende favorecer a aquella, y que lo aseverado en referencia al acta de inspección judicial, carecería de legitimidad